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Por hacer vertimientos de residuos de cuero al río Bogotá, sin previo tratamiento, la empresa Leathercol SAS, ubicada la vereda Casablanca, en jurisdicción del municipio de Villapinzón, fue sancionada a pagar más de $531 millones. Otras empresas de Villapinzón y Chocontá fueron selladas.

 BOGOTÁ D.C.- Con más de $531 millones fue multada la empresa curtidora de cueros Leathercol S.A.S., por contaminar el río Bogotá, mientras que otras 23 empresas fueron  selladas  en  Villapinzón y Chocontá, al cabo de un operativo desarrollado por la CAR Cundinamarca con apoyo del Ejército, la Policía Nacional y la colaboración de la Unidad Integral de Gobernabilidad Ambiental – UIGA.

Igualmente se decomisaron bombos, motores, canecas de polysin de 40 kilos y observó  en dos lugares el vertimiento de residuos a una quebrada de cuyas aguas se  tomaron muestras para estudio y análisis de laboratorio.

Se conoció que el personal técnico de la CAR realizó la toma de tres muestras de aguas residuales (arriba del vertimiento, al propio vertimiento y aguas abajo del mismo), que luego fueron sometidas a la correspondiente caracterización por parte del Laboratorio Ambiental de la Corporación, permitiendo establecer que las muestras tomadas, superaban los límites máximos permisibles para vertimientos al recurso agua.


Una vez analizados los descargos de la empresa Leathercol S,A,S y luego de agotar la etapa probatoria respectiva, con apego al debido proceso, la Corporación determinó las afectaciones ambientales como resultado del proceso de curtido del cuero, poniendo en riesgo la calidad de las aguas del río Bogotá, los ecosistemas relacionados al mismo e incluso, la salud humana de los habitantes de la cuenca.


La CAR Cundinamarca reiteró el llamado a cumplir la normatividad ambiental, con el ánimo de salvaguardar los recursos naturales. Al respecto, el director Jurídico de la CAR, Juan Camilo Ferrer Tobón, indicó que “no basta con tramitar y obtener las correspondientes licencias, sino que lo más importante, es cumplir con las obligaciones adquiridas al momento de obtener los instrumentos administrativos de control requeridos; de no ser así, la Corporación en su proceso de fortalecimiento de la autoridad ambiental, impondrá las correspondientes sanciones para evitar el deterioro de los recursos naturales en la jurisdicción”.